Este viernes 22 de enero el Gobierno cerró la negociación con la misión del Fondo Monetario Internacional (FMI) para acceder a un crédito de Servicio Ampliado por $1.750 millones. Como parte del acuerdo se incluyó el proyecto de Ley de Renta Global Dual (Expediente 22.383).
Las cifras presentadas en el plan 2.0 para negociar con el FMI colocan esta iniciativa como una medida clave para lograr el ajuste fiscal planeado que pretende revertir el déficit primario en un superávit del 1,2% del Producto Interno Bruto (PIB) al 2023.
EF explicará los puntos medulares del proyecto de ley con la ayuda de Priscilla Piedra, socia de impuestos de Deloitte; Germán Morales, socio director de Grant Thornton y Diego Salto, socio de impuestos de Consortium Legal.
- ¿En qué consiste el proyecto de ley?
“Deroga la ley de renta actual aprobada con la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas. Es una nueva ley de renta. Al derogarla se crean tres capítulos, un capítulo para personas físicas, para rentas de sociedades y un capítulo para rentas de no domiciliados en el país”, afirmó Morales.
Este es un cambio integral para la Ley del Impuesto sobre la Renta, indicó la socia de impuestos de Deloitte.
Con este proyecto de ley el énfasis se da en la persona física, pues se unifica el tratamiento de la persona física con actividad lucrativa con la de los asalariados. Las tarifas impositivas van del 10% al 27,5%.
El proyecto establece el impuesto sobre la renta de las personas físicas para que sea un tributo con carácter personal y directo; que grabará a los contribuyentes según los principios de igualdad, generalidad, progresividad y no confiscatoriedad (es decir que los ingresos del contribuyente no solo sean para pagar impuestos sino que también le alcance para satisfacer sus necesidades básicas).
Este proyecto mantiene el tratamiento de las empresa en términos generales. La tarifa de rentas empresariales hoy es del 30% y con el proyecto la tasa bajaría al 27,5%.
- ¿Cuál es la escala de renta que aplicaría para personas físicas?
- Hasta ¢5 millones anuales se cobra 10%.
- Sobre el exceso de los ¢10 millones y hasta ¢12 millones anuales se cobra 15%.
- Sobre el exceso de los ¢12 millones hasta los ¢19 millones anuales la tasa es del 20%.
- Sobre el exceso de ¢19 millones hasta 29 millones anuales se aplica una tarifa impositiva del 25%.
- Ingresos superiores a los ¢29 millones anuales se aplica una tarifa del 27,5%.
LEA MÁS: Estos son los nuevos tramos del impuesto sobre la renta vigentes en 2021
- ¿Qué pasa con las rentas fuera de Costa Rica?
La iniciativa de ley dispondrá que el Impuesto sobre la Renta de los no residentes será un tributo directo que gravará todas las rentas o beneficios que se obtengan en territorio costarricense por contribuyentes que sean personas físicas, jurídicas y otras entidades pero que no sean residentes en el territorio.
El proyecto incluye la territorialidad reforzada, lo que significa que contempla como contribuyentes del impuesto a todas las actividades que se realizan en el país. El hecho generador se da cuando hay una operación en el país.
“El cambio en este punto es porque además de estos supuestos que tiene la ley como opera hoy en día, toda la renta que se genere en Costa Rica paga impuestos también se amplía a que cuando tenga ingresos en el exterior van a estar gravados en el momento en que los repatríe”, afirmó Piedra.
Por ejemplo si una persona tiene una casa fuera del país y la vende, y quiere traer esos ingresos al país. Esos ingresos sí estarán gravados.
Otro ejemplo sería si un pensionado de Estados Unidos viene al país y recibe su pensión, esta estaría gravada.
En esos casos se aplicaría la tarifa correspondiente al periodo fiscal, tanto para personas físicas como para empresas.
- ¿Insisten en aplicar la renta mundial?
Salto también considera que es un nuevo intento por aplicar la renta mundial. “Ya había habido un acuerdo en las mesas multisectoriales de que no iban a entrar en renta mundial y aprovechan un proyecto para cambiar totalmente la naturaleza del impuesto”.
Para incorporar la renta mundial se deben tener suficientes acuerdos de doble imposición y actualmente el país solo cuenta con tres: México, España y Alemania.