Economía y Política

¿Cómo resolver los pendientes de una sociedad disuelta por mora con el impuesto a las personas jurídicas?

El tributo se paga una vez al año y el plazo para cancelarlo sin recargo vence el 31 de enero

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La obligación deben cumplirla: las sociedades mercantiles, sucursales de una sociedad extranjera, las empresas individuales de responsabilidad limitada, sociedades anónimas, las de responsabilidad limitada, entre otras. Fotografía: Shutterstock.







Nicole Pérez

Nicole Pérez

Periodista de El Financiero y excolaboradora del proyecto #NoComaCuento de La Nación.

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