Regular los servicios de transporte que ofrecen las aplicaciones como Uber y Cabify en diferentes lugares del mundo es el gran reto de los Gobiernos en la actualidad.
La movilidad colaborativa propiciada por la incipiente economía colaborativa supone una serie de retos para los ordenamientos jurídicos de los países y, Costa Rica, no es la excepción.
Uber fue la primera empresa que irrumpió en el mercado costarricense con servicios de transporte mediante una app móvil que conecta a dueños de carros con personas que necesitan ride, por tarifas menores a las que cobran los taxis formales.
Sin previo anuncio y con una alta expectativa, Uber empezó a operar el viernes 21 de agosto del 2015 en Costa Rica. Nadie supo qué hacer ni como reaccionar.
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Los taxistas se molestaron, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) dijo que atacarían el problema y el Consejo de Transporte Público (CTP) declaró los servicios de Uber como "ilegales"; pero, a la fecha nada ni nadie ha frenado el ímpetu de los clientes y los conductores de la app.
Lea el texto completo del proyecto de ley de movilidad colaborativa.
Franklin Corella, diputado del Partido Acción Ciudadana (PAC), decidió trabajar un proyecto de ley para regular la movilidad colaborativa y lo presentó a la Asamblea Legislativa este miércoles.
Aquí le presentamos diez preguntas sobre este proyecto de ley y sus respuestas.
1- ¿Qué es la movilidad colaborativa?
Se trata de un concepto que nació como parte de la economía colaborativa. Es un modelo mediante el cual los dueños de vehículos brindan soluciones de transporte a otras personas que necesitan moverse a cambio de dinero o como parte de programas de carro compartido para disminuir la contaminación, también conocidos como carpooling.
2- ¿Qué abarca el proyecto de ley de movilidad colaborativa?
La iniciativa crea dos modelos de movilidad colaborativa: abierta y cerrada.
La cerrada se aplicaría solo en empresas privadas, instituciones públicas y centros de enseñanza. Se trata de todas las iniciativas o planes que permitan a sus trabajadores hacer carpooling para reducir presas y contribuir con el medio ambiente.
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Mientras que la movilidad colaborativa abierta es mucho más amplia y regulada en el texto del proyecto de ley. Se trata de servicios de transporte remunerados como los que ofrecen Uber y Cabify.
3- ¿Cómo regulará los servicios de transporte que ofrecen compañías como Uber?
El texto propone crear una Oficina Nacional de Movilidad Colaborativa adscrita al Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC). Esa dependencia servirá como un sistema de registro en la cual las empresas tendrán que presentar listados de sus conductores-colaboradores con datos personales para generar un control. La base de datos de los choferes debe ser actualizada cada seis meses.
Para registrarse la compañías, tendrán que pagar una cuota equivalente a dos salarios mínimos (¢848.000).
4- ¿Se cobrará algún monto a cada viaje que realicen los socios de Uber o cualquier otra empresa de este modelo?
De acuerdo con el texto del proyecto de ley, se cobraría un 3% a cada viaje que hagan los conductores de empresas como Uber, ese dinero se destinará a un Fondo Nacional de Movilidad Colaborativa.
5- ¿En qué se invertirá el dinero de ese Fondo Nacional de Movilidad Colaborativa?
Este fondo sería manejado por el MEIC para financiar proyectos sociales, ambientales o de transporte público en el país.
El 25% del dinero recaudado se invertiría en la operación de la Oficina Nacional de Movilidad Colaborativa.
El 75% restante del fondo, se usaría para financiar proyectos seleccionados mediante un concurso público cada año.
La iniciativa prohíbe el pago en efectivo, los clientes solo podrán cancelar sus viajes mediante el uso de tarjetas de débito o crédito a través de la aplicación. Esta medida es contraria al nuevo sistema de pago en efectivo que implementó Uber en Costa Rica a partir de esta semana.
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6- ¿Habrá requisitos y trámites burocráticos para los conductores-socios?
La iniciativa crea una serie de requisitos para los conductores que quieran trabajar con el modelo de transporte colaborativo.
Los choferes tendrían que presentar a las empresas su licencia al día, hoja de delincuencia, registro de infracciones de los últimos cinco años, póliza de seguro y una carta de autorización para usar el vehículo en servicios de transporte colaborativo.
Uber, Cabify y cualquier otra empresa que quiera operar en el país tendrá que entregar un distintivo a sus choferes socios para que sean identificados en carretera por los clientes.
De acuerdo con Franklin Corella, Uber se opuso al uso de distintivos en los carros durante las reuniones previas para discutir el proyecto de ley.
7- ¿Las empresas como Uber y Cabify tendrían que tributar y manejar su dinero en cuentas locales?
El proyecto de ley pretende que las empresas de transporte colaborativo abran cuentas en bancos locales para que el dinero de sus ganancias se maneje en el mercado costarricense y no fuera del país como ocurre en la actualidad, de esta forma también habría trazabilidad en las transacciones y se podrían aplicar controles tributarios.
Uno de los requisitos para que una empresa se pueda inscribir en el Registro Nacional de Movilidad Colaborativa es que cuente con certificación de inscripción como contribuyente, emitida por la Dirección General de Tributación.
8- ¿Hay sanciones para las empresas y conductores en caso de incumplir con lo que exige el proyecto de ley?
El proyecto de ley impone dos tipos de sanciones para las empresas y los choferes: graves y muy graves.
En el caso de las sanciones muy graves para las empresas se impondría una multa de entre 250 a 500 salarios base (entre ¢106 millones y ¢212 millones); o bien, la cancelación, de uno a sesenta días naturales de la licencia o el registro para operar como compañía de transporte en el país.
Las sanciones muy graves para los conductores tendrían multas de cuatro a seis salarios base (de entre ¢1,6 millones y ¢2,5 millones), también se contempla la cancelación, de uno a sesenta días naturales de su condición como chofer colaborativo de la empresa.
En el caso de las sanciones graves para las empresas la multa es de 100 a 200 salarios base (de entre ¢42,4 millones a ¢84,8 millones).
Mientras que los choferes se exponen a la suspensión, de uno a treinta días naturales, de su condición de chofer colaborativo de la empresa, o bien, a una multa de entre uno a tres salarios base (de entre ¢424.000 a ¢1,2 millones).
9- ¿Cuáles son los beneficios o incentivos para las personas que quieran hacer movilidad colaborativa cerrada como carpooling?
Quienes decidan usar su carro para llevar a sus compañeros de trabajo bajo el modelo de carpooling podrán usar espacios de parqueo exclusivos para movilidad colaborativa, no pagarían parquímetros ni paeajes y no estarían sujetos a la restricción vehicular.
10- ¿Quiénes participaron en la negociación y elaboración del proyecto de ley?
El texto fue elaborado por el despacho del diputado Franklin Corella. Durante dos meses tuvieron reuniones con colectivos urbanos, cámaras de transportistas y organizaciones de la sociedad civil.
Los taxistas no quisieron participar de las reuniones a las que fueron convocadas para no avalar el proyecto de ley.
En tanto, Uber tuvo dos reuniones con el legislador y apoyó algunas propuestas, pero también se opuso a puntos como el cobro del 3% por cada viaje, la obligación de manejar dinero en cuentas locales y el uso de distintivos por parte de los conductores socios.
Un asesor legal del CTP fue parte del proceso, pero no hubo participación de ningún representante del MOPT.
El proyecto fue presentado este miércoles y ahora iniciará su camino legislativo en la Comisión de Gobierno y Administración.
Vea la animación que compara los servicios de Uber, taxis formales y porteadores.