El expediente 20.861 calienta las discusiones de las sesiones extraordinarias y el miércoles 29 de enero los diputados de la Comisión de Asuntos Hacendarios, junto a otro grupo de legisladores, llegaron a un consenso para definir cuál es la metodología óptima para poner tope a las tasas de interés.
Sin embargo, los congresistas llevan la discusión con cautela y todavía no revelan cuál es el porcentaje que se considera como usura.
Este punto se abordará en otra reunión que se llevará a cabo la primera semana de febrero, según Welmer Ramos, diputado del Partido Acción Ciudadana (PAC) y proponente del proyecto de ley.
Lo que sí se sabe es que los diputados presentes en la reunión se inclinaron por la metodología de la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef); y además tomaron en cuenta el criterio del Sistema de Banca para el Desarrollo (SBD), dijeron Ana Lucía Delgado, diputada liberacionista y presidenta de la Comisión de Asuntos Hacendarios, y David Gourzong, de la fracción verdiblanca y otro de los proponentes de la iniciativa .
Aunque aún no se define cuál es la tasa de usura, sí acordaron que el proyecto deberá de contemplar dos tasas diferenciadas: una para créditos y otra para microcréditos, que en este caso será el equivalente a 1,5 salarios base de oficinista uno del Poder Judicial.
Lo que sigue es la discusión para definir el tope a las tasa de usura y votar una moción para implementar el cambio.
Una de las principales detractoras del proyecto es María Inés Solís, diputada socialcristiana. Después de participar en la reunión la congresista indicó que está de acuerdo con poner dos tasas diferenciadas para los créditos y los microcréditos, pero manifestó que no está de acuerdo con “tasas antojadizas”, sino que estas deben de estar definidas por un criterio técnico.
A pesar de que Solís no estuvo en toda la reunión, se inclina por la metodología de la Sugef; y ya tiene lista una moción con las recomendaciones de la superintendencia para presentarla en cualquier momento.
A lo largo del análisis los diputados pidieron el criterio del sector financiero y académico para encontrar la metodología óptima para definir el tope a la tasa de interés.
Sobre la mesa habían cinco propuestas; una del Banco Central de Costa Rica (BCCR) que proponía tasas del 51%, 63% o el promedio ponderado de ambas que es 57%; la Sugef que sugería el 42% o 45%; y el SBD que planteaba un tope del 32% y el 45%.
A pesar de que estas dos últimas entidades proponían metodologías y sus respectivas tasas, los diputados quieren hacer una discusión técnica sobre los componentes antes de hablar de porcentajes.
Una subcomisión tendrá como tarea definir el tope a las tasas de interés.
La Universidad de Costa Rica (UCR) también llevó su propuesta –con una tasa del 35%– y también lo hizo la Universidad Nacional (UNA), esta última es la que se consideró en el proyecto de ley.
Este centro universitario brindó una metodología en el que la tasa anual máxima de interés no debía superar 2,2 veces la tasa de interés activa del sistema financiero nacional, según Leiner Vargas, catedrático del Centro Internacional de Política Económica para el Desarrollo Sostenible (Cinpe) de la UNA.
Al aplicar la tasa de interés máxima con datos a noviembre del 2019, esta era del 29,83% para los créditos en moneda nacional y de 14,82% para los créditos en dólares, según el cálculo hecho por EF.
La metodología de la UNA se aprobó mediante una moción de mayoría –y no de unanimidad– en noviembre del 2019, y no llenó las expectativas de todos los integrantes de la comisión.
Discusión lenta
El expediente 20.861 mantiene una discusión “lentísima” y el tema ha sido objeto de lobby por parte de los bancos, comentó Welmer Ramos, diputado de la fracción rojiamarilla.
La lentitud no solo se debe a la extensa discusión de la Comisión de Asuntos Hacendarios, sino también al entrabamiento que producen las mociones.
Una situación que resulta contradictoria si se toma en cuenta que ahora está vigente una reforma al reglamento de la Asamblea Legislativa, la cual pretendía agilizar el proceso al evitar que los diputados presentaran mociones con el fin de retrasar los proyectos.
Hasta el 28 de enero se presentaron 63 mociones de fondo, de las cuales solo se aprobaron dos, se rechazaron 39 y se retiraron 22.
Sin embargo, la iniciativa se encuentra en un área gris; porque ingresó a la corriente legislativa en junio del 2018 y se tramita con el reglamento anterior, ya que la reforma aplica a partir de marzo del 2019.
Esto significa que la discusión del expediente 20.861 podría tomar años, si algún legislador decide entrabar el proceso mediante ese mecanismo. El plazo cuatrienal de esta iniciativa vence en el 2022 y si se amplía, podría tener oxígeno hasta el 2026.
Una de las congresistas que presentó un paquete de enmiendas fue María Inés Solís, diputada socialcristiana y quien no está a favor de la regulación de precios ni de las tasas de interés. Sin embargo, retiró las mociones para llegar a un consenso ya que durante el trámite comprendió que el proyecto tiene suficiente fuerza para prosperar.
También presentó cambios el independiente Erick Rodríguez, porque al igual que Solís, está en contra de la regulación de precios.
Si se aplicara el nuevo reglamento, el proyecto se discutiría en comisión por 60 días y en ese lapso los congresistas podrían presentar mociones; en caso de necesitar una prórroga el plazo podría extenderse por 60 días adicionales para una discusión máxima de 120 días.
Pero si ningún congresista entraba la iniciativa con enmiendas y el expediente pasa al Plenario, el proceso es más simple. Ahí los diputados tendrán dos oportunidades para hacer cambios de fondo vía artículo 137, y un día hábil para mociones de reiteración vía artículo 138.
Además de presentar mociones de fondo y consultas.
El expediente 20.861 contiene un objetivo similar al del Proyecto de Ley de Medidas para Aliviar la Situación Financiera de los Hogares (21.651), que presentó el Poder Ejecutivo en octubre de 2019, la diferencia es que esta segunda iniciativa le encomienda al BCCR que brinde la metodología para imponer tope a las tasas de interés.
Actualmente el Código Penal contempla sanciones para la usura en el artículo 243, pero existe un vacío legal porque no está definido cuál es el porcentaje que se considera usura.
Costa Rica se ubica entre los primeros puestos de América Latina en cuanto al nivel de endeudamiento de los consumidores con respecto al Producto Interno Bruto (PIB), solo superado por Chile y Panamá, según datos de la Sugef.