41 diputados aprobaron, este martes, en primer debate el proyecto de Ley para la Condonación de Marchamos en Atraso (22.687). Este enmienda legal permitirá perdonar los montos adeudados por propietarios que no hayan pagado su permiso de circulación en los períodos de 2021 o anteriores, siempre y cuando cancelen la carga correspondiente a este 2022.
La votación definitiva del proyecto en segundo debate quedó pactada, provisionalmente, para el próximo 17 de enero. Luego el proyecto pasará para firma del presidente de la República, Carlos Alvarado.
La iniciativa la presentaron diputados de la fracción oficialista del Partido Acción Ciudadana (PAC), por lo que no se prevén dificultades en el proceso de aprobación; a diferencia de la iniciativa para rebajar los cobros de 2022, la cual fue vetada por el Poder Ejecutivo y nunca pudo efectuarse.
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La validez de la condonación arrancará hasta que la Ley se oficialice y se publique en el diario oficial La Gaceta, y tendrá una vida útil de solo tres meses a partir de ese momento.
La condonación incluirá todos los tributos, timbres, seguros y cánones del marchamo, tanto del total del principal, como de sus ajustes, intereses, multas y sanciones.
El proyecto también contó con el apoyo de diputados de otras fracciones como Erwen Masís, del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC). Él antes había impulsado diversas iniciativas similares bajo mociones a otros proyectos e incluso había presentado otro expediente en una dirección similar.
Datos recopilados por el legislador, atribuidos al Instituto Nacional de Seguros (INS), señalaban que unos 367.000 propietarios de vehículos particulares adeudaban marchamos, al 30 de septiembre de 2021; al igual que unos 110.000 propietarios de vehículos de carga liviana, 27.000 de vehículos de carga pesada, 22.600 de equipos especiales, 441.000 de motocicletas o bicimotos, 3.500 de taxis y 15.000 de autobuses.
La fracción del PAC añadió que esas deudas representaban hasta ¢570.000 millones, al 7 de julio pasado.
La condonación solo aplicará para vehículos automotores y motocicletas; no para embarcaciones o aeronaves.
Si el deseo del propietario es desinscribir su vehículo por desuso, se aplicará la condonación por todos los períodos que hagan falta sin excepción.
También se excluyen de esta medida los vehículos o motocicletas de miembros de los Supremos Poderes, superintendentes, jerarcas o miembros de las juntas directivas de instituciones y bancos públicos, alcaldes, vicealcaldes e intendentes; así como los de sus cónyuges o personas jurídicas en las que tengan participación.