La condonación total o parcial de los montos principales adeudados por trabajadores independientes a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) que se tramita en el Congreso fue declarada inconstitucional, tras la consulta efectuada por varios legisladores a la Sala IV.
Los magistrados de la Sala Constitucional resolvieron que el proyecto de Ley de Autorización de Condonación para la Formalización y Recaudación de las Cargas Sociales (22.522) riñe con la Constitución Política, en cuanto a sus indicaciones para facultar el perdón de “el principal por cuotas”.
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Por el momento, la Sala Constitucional apenas reveló el ‘por tanto’ de su resolución. Resta que se publique todo el razonamiento que llevó a esta conclusión, el cual podría incluir aclaraciones adicionales sobre los términos de la iniciativa.
No obstante, el ‘por tanto’ no plantea problemas en relación con el perdón por intereses, multas y otros recargos similares; por lo que el proyecto no tendría problemas para su aprobación en ese sentido.
La votación de los altos jueces fue dividida: Fernando Cruz, Paul Rueda, Nancy Hernández y Anamari Garro declararon la inconstitucionalidad; pero Fernando Castillo (magistrado presidente), Luis Fernando Salazar y Jorge Araya García salvaron su voto parcialmente.
Estos últimos consideraron que la condonación general de montos principales sería posible “siempre y cuando haya una justificación objetiva y razonable”; pero su criterio fue minoritario.
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Como el tribunal no señaló vicios de procedimiento en el proyecto, este podrá recibir enmiendas por parte de los legisladores. El texto puede ajustarse a lo dicho por la Sala y repetir su votación en primer debate.
Esto supondría que no se pueda extender un perdón de las cuotas principales adeudadas por trabajadores independientes, una carga cuyo cálculo (realizado por la Caja) se considera como uno de los principales factores que aleja a muchas personas de su formalización laboral.
La condonación
El proyecto de condonación plantea autorizar a la CCSS para que condone a trabajadores y patronos diversas cargas que no pagaron en el pasado, de modo que puedan acceder a procesos de formalización.
En el caso de los trabajadores independientes, la iniciativa permite que la Caja perdone las multas, los recargos y los intereses; pero también los montos principales de la deuda (el punto que ahora objeta la Sala).
En el caso de los patronos, únicamente podría pasar por alto los adeudos por multas, recargos e intereses que superen un año de antigüedad.
La condonación podría aplicarse tanto para deudas relacionadas con el Seguro de Enfermedad y Maternidad (SEM), como para aquellas referentes al Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM).
El proyecto se planteó únicamente como una “autorización”; y por eso existen dudas sobre sus alcances reales.
Pese a plantearse como solo un permiso, el texto de ley da un plazo de “hasta 90 días” a la junta directiva de la institución para que, “conforme a su autonomía”, realice los ajustes en sistemas de información y reglamente las condiciones, los requisitos y los trámites relacionados.
El texto además plantea permitir condonaciones similares por parte de otras entidades públicas que cobran cuotas sobre las planillas; como el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Fodesaf), el Instituto Nacional y Aprendizaje (INA), el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) y el Banco Popular.
Estas podrían perdonar el principal, las multas, las sanciones y los intereses de los montos adeudados, si deciden acogerse a la norma.