Este jueves 20 de febrero la Comisión de Asuntos Hacendarios dictaminó el expediente 20.861 que regulará las tasas de usura con montos diferenciados para créditos y microcréditos. La votación, con nueve diputados presentes, se aprobó de forma unánime. Ahora la iniciativa comienza su camino hacia el Plenario.
Los congresistas llegaron a un acuerdo y determinaron que los préstamos con tasas de interés superiores al 39% y los microcréditos que superen el tope del 55%, se considerarán usura.
En este caso para determinar el valor de un microcrédito se utilizó el equivalente a 1,5 salarios base de oficinista uno del Poder Judicial, cifra que ronda los ¢675.000.
La tasa diferenciada de 55% para estos préstamos se dio para no poner en riesgo el acceso al crédito de las poblaciones más vulnerables, comentó el diputado liberacionista David Gourzong y proponente del expediente 20.861.
En el artículo 36 bis, se establece la metodología con la cual se calculan los porcentajes de tasas para estos crédito. De acuerdo con la diputada Ana Lucía Delgado, presidenta de la comisión, esta moción sienta las bases de una metodología con sustento técnico.
Bajo esta adenda, el proyecto contempla dos fechas claves para actualizar los topes a las tasas de usura, se trata del 1° de enero y el 1° de julio de cada año. Para eso se tomará en cuenta la tasa de interés activa promedio -publicada por el Banco Central de Costa Rica (BCCR)- de las últimas 52 semanas, manifestó Gourzong.
Esa fue la fórmula con la que se establecieron las tasas diferenciadas para créditos (39%) y microcréditos (55%).
Los topes a las tasas de usura podrían cambiar cuando se actualicen al inicio y a la mitad de cada año. Sin embargo, Gourzong asegura que al refrescar esos valores, el impacto será proporcional a la tasa.
Al lado de esta moción se incorporan otras enmiendas adicionales que permiten fortalecer esta propuesta que llegará al plenario en los próximos ocho días.
“Hay un trabajo importante, tanto de diputados de la comisión como otros que se acercaron porque consideran que es un tema relevante para el país”, detalló Delgado.
Por ejemplo, la moción que incorporó el artículo 36 ter señala que deberá realizarse un compendio de información crediticia que esté disponible al total de la población. El objetivo es que las personas tengan a mano detalles relacionados con todo tipo de créditos -no solo tarjetas- como por ejemplo, tasas de interés, condiciones de los préstamos y plazos. Al tener todo el abanico a mano la persona podrá escoger las mejores opciones y esto obligará a que las instituciones mejoren las condiciones, de acuerdo con la diputada liberacionista.
Una vez que el proyecto se convierta en ley se podrán aplicar las penas contempladas en el artículo 243 del Código Penal, que existen desde hace años, pero que no se podían aplicar porque no se había definido qué tasa se consideraba como usura.
La pena es de prisión de seis meses a dos años o veinte a ochenta días multa al otorgar créditos usurarios.
El artículo 243 también contempla una pena de nueve meses a tres años o de treinta a cien días multa cuando el delito lo realice un negocio de préstamo o arrendamiento de dinero con garantía personal o prendaria y que no cuente con libros de contabilidad de acuerdo a las exigencias legales.
Durante la discusión los legisladores se inclinaron por la metodología de la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) para definir las tasas.
Desde junio del 2018 -momento en que la iniciativa ingresó a la corriente legislativa- los integrantes de la Comisión de Asuntos Hacendarios solicitaron el criterio de la academia y el sector financiero para poder definir una fórmula que permitiera calcular las tasas de usura.
Sobre la mesa se pusieron cinco propuestas; una del Banco Central de Costa Rica (BCCR); la de Sugef; la de Sistema de Banca para el Desarrollo (SBD); la Universidad de Costa Rica (UCR); y la Universidad Nacional (UNA).
La hoja de ruta en el Plenario
Tras la votación unánime, la elaboración de un único dictamen de mayoría queda en manos del diputado oficialista Welmer Ramos. El legislador tiene un máximo de ocho días para presentarlo.
Una vez dictaminado pasa a la Secretaría del Directorio, si se decide enviar a consulta y a publicar el expediente podría ingresar al orden del día, pero estará suspendido por el plazo de consulta o publicación.
Cuando se llega a discutir el proyecto de ley el Plenario inicia con la explicación del dictamen y ese día se habilita la primera sesión para las mociones de fondo vía artículo 137, las cuales van a comisión y el plazo que tiene el grupo para remitir un -una vez que conoce las enmiendas- es de tres días.
Una vez que llega el informe el presidente del Congreso, Carlos Ricardo Benavides, anuncia su estado y luego se habilita el segundo día de mociones de fondo y se devuelve a comisión.
Posteriormente se consulta por mociones de reiteración. Una vez que se supere esta fase debe iniciar la sesión por el fondo y el proyecto se somete a votación en primer debate. Después de esta votación cabe la posibilidad de hacer una consulta facultativa a la Sala Constitucional, el tiempo estimado es de mes y medio.
Mientras la Asamblea envía el expediente y una vez que este llega a la Sala, el juez tiene un mes de tiempo para resolver el caso. Si la sala resuelve que todo está correcto se procede a votar en segundo debate.
Los diputados de la comisión aprobaron una moción para enviar el texto a consulta con la Universidad Nacional (UNA), Universidad de Costa Rica (UCR), BCCR, Banco Nacional (BN), Banco de Costa Rica (BCR), Sugef y Ministerio de Economía Industria y Comercio.
Colaboró la periodista María Luisa Madrigal.