La administración Chaves Robles firmó este lunes 4 de julio el reglamento que permite la aplicabilidad de la Ley para atraer trabajadores y prestadores remotos de servicios de carácter internacional (10.008), conocidos como nómadas digitales a Costa Rica.
Prácticamente ha pasado casi un año desde que el ex presidente de la República, Carlos Alvarado firmó la normativa (11 de agosto de 2021). Dos meses tenía el Poder Ejecutivo para emitir el reglamento y comenzar a aplicar los beneficios para el sector turismo.
No obstante, la propuesta incluía, por ejemplo, la solicitud de requisitos como documentos apostillados o legalizados de difícil cumplimiento, incluso escritos expedidos en otros países que son de carácter privado. Esta petición que quedó en manos de la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME) retrasó el proceso de emisión del texto final.
William Rodríguez, jerarca de Turismo precisó en conferencia de prensa que, se calcula que hay 35 millones de nómadas digitales a nivel global. Asimismo, un 50% proviene de Estados Unidos, principal mercado de emisión de turistas para el país.
“Si Costa Rica captara un 0,25% de esa cantidad se estaría hablando de que solo por ese ingreso y tomando en cuenta nada más los $3.000 que es el monto básico de entrada al país, estaríamos teniendo un ingreso de alrededor de $3.125 de millones anuales. Nada despreciable”, expresó Rodríguez.
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Principales cambios
Carlos Ricardo Benavides, ex diputado de la bancada del Partido Liberación Nacional (PLN) y proponente original de esta iniciativa, conversó con El Financiero e indicó las modificaciones hechas para finalmente dar a conocer la viabilidad del reglamento:
- El nuevo texto suprime la necesidad de presentar un certificado de antecedentes penales que se le aplicaba a los nómadas digitales en el anterior borrador de reglamento.
- Se elimina el requisito del apostillado en todos los documentos, excepto cuando el turista nómada digital presente ingresos por certificación de contador público.
- Con respecto al requisito de demostrar una remuneración mensual estable por un monto igual o superior a $3.000 (si la persona viene sola) y de $4.000 si solicita los beneficios también para su grupo familiar, se estableció que basta con que los nómadas digitales presenten los estados de cuenta originales de su banco mediante una declaración jurada. Se aplica el artículo 15 de la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos (8.220).
- Los documentos que estén en idioma extranjero, a parte de ser acompañados de una traducción que puede ser emitida por un traductor oficial en Costa Rica o bien una persona capacitada del país emisor, se introduce la posibilidad de que un notario costarricense pueda hacer esta gestión.
- Los nómadas digitales estarán exentos del impuesto sobre la renta y del trámite del impuesto para ingresar su equipaje y equipo (celular, computadora, cámara fotográfica) requerido para cumplir sus funciones en el país.
“Esto va a hacer una gran diferencia en la llegada de turistas de larga estancia con sus familias y va a aumentar significativamente el consumo en el país y las posibilidades de desarrollo y empleo en las regiones turísticas”, destacó Benavides.
El reglamento fue firmado por William Rodríguez, ministro de Turismo; Jorge Torres, ministro de Gobernación y Policía; Nogui Acosta, ministro de Hacienda y Rodrigo Chaves, presidente de la República.
Una vez publicado el texto final en el diario oficial La Gaceta, entrará en vigor la aplicabilidad de la ley.