Durante décadas la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (Japdeva) consintió una de las convenciones colectivas más escandalosas del sector público. Hoy los incentivos son insostenibles y desangran a la institución.
A lo largo de los años la planilla creció —a vista y paciencia de las autoridades de la entidad y con la venia de los Gobiernos de turno— constantemente presionada por los incentivos salariales, según consta en los presupuestos ordinarios publicados en el sitio web.
En el 2017 las remuneraciones consumieron el 54% del total del presupuesto; un año más tarde representaron el 51%; mientras que en el 2019 aumentaron 18 puntos porcentuales y engulleron el 69% de los recursos totales.
Para este año la institución presupuestó ¢49.620 millones, de los cuales ¢34.395 millones —69%— se van en el pago de la planilla.
De esa porción, ¢13.291 millones serán para el pago de incentivos salariales, de acuerdo al presupuesto ordinario de la entidad.
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En diciembre del 2018 Japdeva tenía ¢5.992 millones de reservas en los bancos pero el dinero solo sirvió para sostener temporalmente el hueco financiero.
Cambios precarios
Ante la dramática situación que vive la institución pública, EF estudió tres convenciones colectivas (2010, 2013 y 2016) para analizar los cambios que se dieron en la renegociación del 2016.
En el análisis es evidente que las modificaciones anunciadas hace tres años fueron insuficientes para detener el crecimiento de los pluses salariales, aunque se dieron algunos avances.
Uno de los cambios corresponde al incentivo por laborar días feriados. En las convenciones del 2010 y 2013 se estipulaba el pago del salario y una remuneración del 8% “de la suma depositada al trabajador que obtuvo la calificación más alta en la evaluación de la productividad portuaria del año anterior”.
Sin embargo, la convención del 2016 modificó ese porcentaje por un monto de ¢33.871.
Otro logro de la renegociación se dio con el plus del 30% por arraigo, que se eliminó para los operadores del equipo especializado.
El personal del taller eléctrico que labora a una altura mínima de ocho metros vio una reducción del 30% al 15% en el complemento salarial por altura.
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La convención colectiva también estipulaba una cesantía de 20 años para los funcionarios que ingresaran a Japdeva provenientes de otras instituciones públicas. Ahora estos trabajadores solo tienen derecho a 15 años de cesantía.
A manos llenas
A pesar de las renegociaciones, el Sindicato de Trabajadores de Japdeva (Sintrajap) ganaba muchos pulsos, como evidencia la convención colectiva de renegociada en el 2016.
EF identificó varios pluses que inflan las remuneraciones; uno de ellos es la bonificación por cómputo que otorga un 25% sobre el salario base a los funcionarios con especialidad en computación y que no devengan dedicación exclusiva, disponibilidad o carrera profesional.
Los técnicos con especialidad pueden acceder al beneficio y se les ajustará hasta un máximo del 45% sobre el salario base.
La convención colectiva también premia a las personas que trabajan ocho horas. Debido a un cambio de la jornada laboral en el 2008 , el sindicato promovió un incentivo del 16,66% sobre el salario base para los funcionarios que antes laboraban seis horas y que ahora trabajan ocho horas.
Sintrajap y los Gobiernos de turno también se preocuparon por dar incentivos por arraigo profesional del 30% sobre el salario base a los profesionales y un plus por carrera portuaria según el cual cada cinco años la institución otorga un aumento del 5% sobre el salario base hasta llegar a un 25%. El incentivo no aplica para quienes reciben la remuneración por arraigo.
La convención creó un “Sistema de Productividad y Eficiencia” que se financia con un 2% de los ingresos corrientes. Los beneficios se dan para los funcionarios que tengan un índice de productividad mayor a 75%.
Los funcionarios de Japdeva también disfrutan del régimen de disponibilidad, una remuneración adicional de hasta 40% del salario total.
Según el “Sistema de pagos salariales por enfermedad” exime de la obligación de trabajar a los empleados que por su condición física o de salud no pueden hacerlo pero que por falta de cuotas, no pueden acogerse al sistema de pensión de la Caja.