El 42% (13) de las 31 empresas de manufactura del régimen de Zonas Francas seleccionadas para suministrar información, a la Dirección General de Tributación, respecto a las transacciones con partes relacionadas y los precios de transferencia asociados a las mismas -durante los períodos fiscales 2018 y 2019- aún no ha brindado la documentación solicitada.
El dato se desprende de la información suministrada, este martes 24 de agosto, por el director general de Tributación, Carlos Vargas.
De acuerdo con el funcionario, los requerimientos se iniciaron el 1.º de julio del presente año y a cada empresa se le asignaron 10 días hábiles, a partir de confirmada la notificación -no a todas se les notificó el mismo día-, para brindar los datos.
El objetivo de la solicitud es que los contribuyentes que ejecuten operaciones con empresas vinculadas brinden la documentación que avale la forma en que sus precios de transferencia se ajustan a los costos de operador independiente, así como los documentos que permitan conocer y entender la estructuración del grupo económico tanto a nivel nacional como internacional.
Los precios de transferencia son aquellos pactados entre empresas vinculadas para transferir -entre ellas- servicios o bienes. Además, este precio debe ser el de mercado y no uno privilegiado.
Entre la información que deben entregar están el nombre de la empresa en Zona Franca, cédula jurídica, porcentaje de exoneración vigente, razón social de la parte vinculada, tipo de vinculación, actividad principal de la vinculada y tipo de transacción.
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Dicha solicitud fue remitida a estas compañías porque la Administración Tributaria está realizando un estudio en torno a posibles indicios de riesgos sobre vinculación de las empresas amparadas al régimen de Zonas Francas.
El requerimiento solo fue dirigido a las empresas manufactureras del régimen que al momento de comenzar el estudio eran consideradas ‘grandes contribuyentes nacionales’ o ‘grandes empresas territoriales’.
Días atrás, el Ministerio de Hacienda enfatizó, por medio de Facebook, que la solicitud estuvo amparada en la resolución que obliga a las empresas que poseen operaciones con partes vinculadas a documentar sus transacciones de manera adecuada y suministrar la información cuando sea requerida por la Administración Tributaria.
“Asimismo, la Dirección de Fiscalización tiene la facultad para realizar análisis de los obligados tributarios sobre presuntos riesgos tributarios, en vinculaciones entre grupos empresariales, por consiguiente previo al inicio de una actuación fiscalizadora puede requerir información individualizada, previsiblemente pertinente, según la resolución en mención (DGT-R-49-2019)”, agregó Vargas.
Ante la solicitud de Tributación, la Asociación de Empresas de Zonas Francas de Costa Rica (Azofras) ha apoyado a las compañías en el cumplimiento de dicho requerimiento, pues una de las obligaciones de las empresas del régimen es tener un estudio de precios de transferencia que respalde las transacciones con partes relacionadas dentro de su mismo grupo de interés económico; según mencionó Carlos Wong, director de la asociación.
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Por su parte, en caso de que las compañías incumplan con el suministro de la información dentro del tiempo establecido, podrán ser sancionadas con una multa proporcional del 2% de la cifra de ingresos brutos del período imponible anterior, de acuerdo con el artículo 83 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios (N° 4755).
Estas multas no podrán ser menores a tres salarios base y no deben exceder los 100 salarios base.