El pasado 20 de julio un grupo de ciudadanos preocupados por la violación de las libertades individuales que representan las restricciones sanitarias, hemos procedido a presentar una acción de inconstitucionalidad bajo el expediente 21-014035-007-CO.
Somos adultos. Es responsabilidad de cada uno cuidar de su salud, no del Estado. Cada uno sabrá si sale o se queda en casa. Quien salga, es responsable por las precauciones sanitarias que tome. En este sentido, las restricciones sanitarias que impone el Poder Ejecutivo, bajo el pretexto de cuidar de nuestra salud, exceden las atribuciones que la constitución política le otorga al gobernante.
Si creemos en la libertad como valor fundamental de todo ordenamiento jurídico, “quédate en casa” debe ser una opción del ciudadano, no una imposición del Estado. El gobierno puede sugerirle a los ciudadanos que se queden en casa, pero no imponerlo. El gobierno debe respetar que somos adultos y seres libres.
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La Constitución Política claramente prevé situaciones de emergencia en donde se define un estado de excepción y situaciones en donde se pueden suspender algunas garantías constitucionales. La Constitución Política, además, establece claramente el procedimiento para suspender temporalmente algunas libertades.
La acción de inconstitucionalidad cuestiona la interpretación que ha venido haciendo el Poder Ejecutivo plasmada en la imposición de las restricciones sanitarias. Como bien dice el tratadista Linares Quintana: “la Constitución más perfecta podría fracasar si su interpretación es defectuosa”.
Los suscritos de dicha acción de inconstitucionalidad afirmamos que la interpretación que hace el Poder Ejecutivo para imponer las restricciones sanitarias es excesiva y pretende en realidad subvertir la voluntad del constituyente, marchando en detrimento del marco general de los derechos y garantías que la misma Carta Magna ofrece a los habitantes de la República y promoviendo una concentración de potestades que violenta los pilares mismos del sistema republicano, con el lamentable consentimiento de otros órganos del Estado, particularmente de la Asamblea Legislativa.
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En este sentido, la acción de inconstitucionalidad no cuestiona, ni le importa, si las restricciones sanitarias cumplen con criterios técnicos o no para reducir la velocidad del contagio de la COVID-19, de cualesquiera de sus variantes o de cualquier otro virus. La acción de inconstitucionalidad cuestiona si las restricciones sanitarias tienen fundamento legal per se.
Las emergencias, reales o supuestas, han sido, históricamente, el pretexto más socorrido para justificar la ruptura del orden constitucional en prácticamente todos los continentes, sobre todo cuando se extienden en el tiempo y van generando lo que en doctrina se ha dado en llamar “normalización de la emergencia”.
El constituyente tenía muy claro que el Poder Ejecutivo podría abusar de las declaratorias de emergencia y por eso dificultó y limitó deliberadamente los estados de excepción y suspensión de garantías constitucionales. Por ejemplo, estas deben ser aprobadas por dos tercios de la Asamblea Legislativa y por un periodo no mayor a treinta días. La voluntad del constituyente jamás fue que una situación de emergencia se convirtiera en la nueva normalidad ni que la libertad individual quedara sujeta al capricho del Poder Ejecutivo.
El Estado puede preocuparse por nuestra salud, pero no a costa de violentar las libertades individuales. Si el Poder Ejecutivo desea velar por nuestra salud, debe preocuparse en invertir para aumentar la oferta hospitalaria con el fin de evitar la saturación de los hospitales y poder atender a todo aquel que lo necesite. Además, debe invertir en adquirir la cantidad de vacunas que sean necesarias sin depender de donaciones. También debe acelerar el proceso de vacunación y para ello debe incluir la colaboración de la iniciativa privada. La respuesta ante una infección nunca debe ser violentar las libertades individuales, ni de tránsito, ni de comercio, ni de culto, ni de reunión.
No hay nada que le haya impedido al Poder Ejecutivo haber invertido fuertemente, desde principios de marzo del 2020, en el sistema de salud para mejorar la respuesta frente a la COVID-19 y con ello haber evitado la imposición de restricciones sanitarias. Esta debió haber sido la prioridad del gobierno de Costa Rica, no la cuarentena ni las políticas draconianas.
¡No más restricciones sanitarias! ¡No más violación a las libertades y garantías constitucionales!