Luego de un año de su promulgación, a partir de hoy entra en vigencia la Ley de Garantías Mobiliarias, para lo cual el costo de los trámites registrales para la inscripción de las garantías varía entre ¢725 y ¢6.000, según el caso.
Las garantías mobiliarias permitirán que los deudores -como los dueños de pymes y emprendimientos- respalden sus obligaciones con sus cuentas por cobrar, cosechas, inventarios, contratos, marcas, propiedad intelectual, ganado, maquinaria y equipo, y otros bienes muebles no tradicionales.
Con esta norma nace el Sistema de Garantías Mobiliarias , que está adscrito al Registro Nacional.
En dicho sistema se inscribirán las garantías mobiliarias, tras las obligaciones que nazcan entre las entidades financieras u otros acreedores y los deudores.
Una de las características de este tipo de garantías es que su inscripción y tramitación resulta más económica que otros trámites registrales.
La Junta Administrativa del Registro Nacional estableció los siguientes costos para este sistema:
-Certificaciones: ¢725.
-Formulario de Ejecución: ¢1.200.
-Formulario de Cancelación Total: ¢1.200.
-Formulario de Cancelación Parcial: ¢2.400.
-Formulario de Cambio de Acreedor: ¢2.400.
-Formulario de Modificación: ¢2.400.
-Formulario de Publicidad Inicial: ¢6.000.
La información que se añada en el sistema la incluirá el acreedor, quien deberá hacerlo por medio de la firma digital, por lo que es un procedimiento totalmente electrónico.
Una novedad de este sistema es que la información que se incluya no pasará por la revisión de los registradores del Registro Nacional (lo que se conoce legalmente como calificación registral), por lo que el trámite será más rápido que cuando se inscribe una hipoteca o una prenda.
Se trata de una "publicidad noticia" y no una "publicidad registral", de manera que si hay un error el Registro no tiene responsabilidad. Los errores pueden ser subsanados con el formulario que se habilita para ese fin.
Por otro lado, la nueva ley faculta que si se da un incumplimiento por parte del deudor, según los términos del contrato, la ejecución se puede llevar a cabo extrajudicialmente.
Esto significa que no se requeriría -si así se establece- la intervención de un juzgado, sino de un notario, corredor jurado o fiduciario para hacer valer la garantía.
Acceso al Sistema de Garantías Mobiliarias:Para acceder al Sistema de Garantías Mobiliarias se ingresa a este sitio y se debe contar con firma digital. Allí se explican todos los pasos que deben seguirse para emplear el sistema. Para hacer consultas gratuitas y revisar quiénes son los deudores y cuáles garantías están inscritas, se accede a este enlace. |