Los gerentes deben estar seguros de que sus decisiones vayan en línea con la Reforma Procesal Laboral, pues incluye la posibilidad de que se les acuse en forma directa y personal, aún cuando no sean los responsables directos de las decisiones laborales en la empresa.
Carolina Soto y Osvaldo Madrizz, líderes del departamento de Derecho Laboral en el bufete Consortium Legal en Costa Rica, analizaron este cambio para EF.
LEA: Solís firma Ley de Reforma Procesal Laboral y la califica de 'gran acuerdo'
La modificación consiste en incluir la responsabilidad "subjetiva". En la actualidad se pueden establecer sanciones económicas en contra los patronos (personas físicas o jurídicas) que infrinjan lo establecido por la legislación laboral.
"Este tipo de sanciones responden al concepto de responsabilidad objetiva, según el cual, quien genera un daño debe resarcirlo por el sólo hecho de haberlo generado", explican los abogados.
Con la entrada en vigencia de la Reforma Procesal Laboral, el 25 de julio de 2017, en el artículo 399 se aborda que, además del análisis de la responsabilidad objetiva, se deberán considerar si dentro de los procesos por infracciones a las leyes de trabajo es posible establecer la denominada responsabilidad subjetiva, "entendida como aquella que tienen las personas físicas que, con su accionar (voluntario y consiente; o bien, negligente), generaron el incumplimiento en cuestión, bajo el entendido que de comprobarse la misma, dichas personas podrían ser sujetas de sanciones económicas", afirman.
LEA: "Reforma Procesal Laboral fue la ley más importante de este año"
Esto quiere decir que, si dentro de un proceso por infracción a la normativa laboral, se demuestra que una decisión gerencial (directa o indirectamente) generó una violación a las leyes de trabajo, quienes hayan participado de dicha decisión podrían responder económicamente y de manera personal por este incumplimiento.
"En adición a ser expuesto a una demanda directa por el empleado por el incumplimiento de las obligaciones laborales, una vez entraba en vigencia la Reforma Procesal Laboral, ante un proceso de infracción a las leyes de trabajo, cualquier persona que sea subjetivamente responsable por el incumplimiento de la normativa laboral podría ser sancionado por los tribunales de justicia con una multa económica de entre ocho y once salarios base de un auxiliar administrativo I del Poder Judicial, cuyo monto para el I Semestre del presente año era de cuatrocientos veintiséis mil doscientos colones exactos (¢426.200)".
LEA: Legales: Nuevas prohibiciones de discriminación en el empleo
Juan Manuel Godoy, partner de Consortium Legal, afirma que el tema genera dudas y preguntas constantemente, por lo cual el bufete impartirá un seminario sobre la reforma procesal laboral el 23 de setiembre, en el hotel Holiday Inn de plaza Tempo, Escazú.