El 2016 ha dejado una enorme huella. Es, sin duda, uno de esos años que influirán en nuestro futuro inmediato.
En materia tributaria ha sido igual de relevante. Basta con recordar la sentencia de la Sala IV con respecto al artículo 144 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
Para quienes no están muy relacionados con la materia tributaria, se puede resumir su impacto diciendo que esta sentencia ha sido una de las más importantes en la historia reciente por varias razones. Quizás la más importante fue el mensaje que los magistrados dan implícitamente en su resolución: Hacienda, amparada a razones recaudatorias, no puede proponer disposiciones normativas de manera arbitraria, antojadiza y sin respetar la Constitución.
Adicionalmente, fue interesante la organización por parte de la Sala de una audiencia masiva, así como la madurez profesional y técnica de muchos colegas que se unieron para afrontar dicha audiencia con criterios unificados.
También se aprobó la Ley contra el Fraude Fiscal. Un texto que, quitando las excepciones del registro de accionistas y el embargo preventivo, posee más nombre que contenido.
Me parece que el 2017 será un año que también dejará su marca propia.
En el año que se inicia debería terminarse la discusión en la Asamblea Legislativa del Impuesto a las Personas Jurídicas. Asimismo, tendremos certeza de cómo se llevará a cabo la negociación de los proyectos de IVA y Renta. Técnicamente el proyecto del IVA está mejor estructurado que el de Renta, aunque ambos deberían sufrir modificaciones en sus textos de previo a sus eventuales aprobaciones. El ser un año preelectoral sin duda definirá el camino.
Por su parte, este debería ser el año cuando, finalmente, los precios de transferencia se declaren formalmente, y en el que veamos implementada la figura de la facturación electrónica al menos en un sector de contribuyentes.